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Esteban Garaiz: Dos lagunas

“Mal comienza la semana para el que ahorcan en lunes”, reza un viejo proverbio castellano. Mal comienza el IFE el proceso electoral federal 2008-2009 removiendo con un palo el avispero del 2006 con una enorme torpeza política y una muy discutible visión jurídica, yendo más allá de sus atribuciones legales, después de las severas omisiones por su culpable tibieza hace dos años, y poniendo en tela de juicio, de arranque, su imparcialidad.

El senador panista Ricardo García Cervantes ha declarado que el IFE se está “extralimitando”. El Consejo General tiene facultades para sancionar a los partidos políticos, y sólo a los partidos, cuando sus dirigencias violan la ley electoral. No para sancionar a los legisladores y mucho menos cuando se trata de acciones en el seno de las cámaras del propio Congreso, que tienen claramente establecidas sus propias normas. Además, son dos las fracciones parlamentarias que tomaron las tribunas y sólo una sancionada por ello; es jurídicamente falso que a Vicente Fox se le impidió entregar su informe de ley.

Por lo que toca a los plantones de electores frustrados por todo el montón de irregularidades cometidas por tantos actores expresamente prohibidos por el Código Electoral, durante las precampañas y campañas de 2006, parece verdaderamente un terrible despropósito sancionar a un partido por lo que numerosos ciudadanos irritados hicieron en lo individual en el ejercicio legal y pacífico de un derecho constitucional, expresamente establecido en el artículo 6º, como es el derecho de manifestación. En todo caso, fue un acto postelectoral, que en nada afectó el resultado de la elección. Además de que, socialmente, resultó un eficaz desfogue para mantener la paz social, en una irritación colectiva que podría haberse desbordado.

Se podrá alegar que hubo afectaciones a terceros en vía pública y es válida la observación, como en cualquier manifestación. Lenta se ve la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para reglamentar el ejercicio de este derecho constitucional, que, como todas las garantías individuales debe tener y tiene sus acotaciones, básicamente derivadas de los derechos de los demás. Importante será que las autoridades —en este caso las del DF— reglamenten sobre el derecho de manifestación en la vía pública y establezcan mecanismos prácticos para conciliar los derechos de todas las partes. No estará de más recordar que los automóviles no tienen garantías individuales.

El Estado de derecho se violó sistemáticamente durante todo el proceso electoral de 2006, en las precampañas y en las campañas, y el Consejo General del IFE dejó hacer y dejó pasar. Hubo incluso consejeras que —leyendo tarjetas nerviosamente en el pleno— defendieron abiertas violaciones de dirigentes de corporaciones ajenas al proceso, a nombre de la libertad de expresión.

Que fueron violaciones a la ley, y que sesgaron la equidad de las campañas, lo dejó claramente establecido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Pero siguen impunes las personas físicas que las cometieron. Al Consejo General, según entiendo, no le correspondía, ni le corresponde, sancionar a terceros que interfieran ilegalmente en las campañas y en el proceso electoral. Pero sí se puede y sí se pudo, hacer oír su voz autorizada. No vimos durante todo el proceso ni una sola condena colegiada y formal en el seno de las sesiones públicas del consejo, acerca de estos actos claramente violatorios de la ley electoral y de los principios rectores de la función electoral. Y ésa sí era claramente una atribución del Consejo General y, en consecuencia, una obligación ética y política de cada consejero. Fueron abiertamente omisos. Podían haber hecho oír su voz alta y no lo hicieron.

También tenían la responsabilidad, y siguen teniéndola, de presentar las denuncias correspondientes ante la Fepade. Peor todavía que hayan quedado impunes sin que el Consejo General suba la voz ante las descaradas intromisiones de extranjeros, en violación del artículo 33° constitucional. No era aceptable la explicación del Instituto Nacional de Migración de que el extranjero Antonio Solá estaba contratado por una empresa privada a su vez contratada por un partido político: en todo caso justificaría su situación migratoria, no su anticonstitucional interferencia en los asuntos políticos del país, razón suficiente para su expulsión.

El Ejecutivo federal, responsable de la aplicación del artículo 33°, castigó al extranjero Antonio Solá concediéndole la nacionalidad mexicana a los 20 días del nuevo periodo presidencial. Ahora ese mexicano representa a Felipe Calderón en Madrid. Por lo que toca al ciudadano José Luis Barraza, recibe un homenaje al concluir su presidencia en el Consejo Coordinador Empresarial, al que acuden obsequiosos el entonces presidente del Consejo General, Luis Carlos Ugalde, y Calderón. Para redondear la sanción por el delito electoral en abierta violación del código, todo el mundo pudo leer las turbias condiciones en que le fue asignada la venta de Aeroméxico.

Arranca un nuevo proceso electoral. La reforma constitucional que prohibió comprar espacios en la radio y en la televisión para propaganda electoral es, sin duda, un enorme paso que, lejos de limitar la libertad de expresión, contribuye de manera definitiva a la equidad. Quedan dos peligrosas lagunas: una es el ya mencionado artículo 33° sin reglamentar. La otra es el poroso sistema de sustituciones en la integración de las mesas directivas de casilla, que tantas suspicacias provocó en 2006. Habrá que volver sobre estos temas.

http://www.milenio.com/node/91684

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